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AutorRespuesta No: 385081
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Septiembre de 2015 07:36 2015-09-07 07:36 desde IP: 187.211.75.151
Tiene que prescribirlo a su favor...
Tiene que realizar un juicio ante los juzgados civiles de su Entidad.
Asesórese con abogado especialista en materia civil.
Saludos.
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