Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 275569
  • Autor : olaguez
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 573
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 384914

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el tiempo que tienes para volver a casarte es de un año tiempo que el juez debio haberte señalado en la sentencia