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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Agosto de 2015 09:33 2015-08-31 09:33 desde IP: 177.245.207.22
Buenos dias
No se puede escriturar un bien inmueble como si fuera propiedad privada, en todo caso, le debio haber cedido los derechos parcelarios, de acuerdo al derecho agrario y el Registro Agrario Nacional, expedirle el certificado de derechos agrarios.
Al Comisariado ejidal solo se le notifica la cesion y este, hace la anotacion correspondiente an el libro correspondiente; siempre en al marco legal del Derecho Agrario.
Saludos
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