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  • Consulta : 275328
  • Autor : olaguez
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  • Autor
    Respuesta No: 384850

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    debes de obtener la sentencia del acta y apostillarla, y luego debes de traducirlo ante un perito oficlal y de ahi comparecer al registro civil y ahi te haran la anotacion correspondiente