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AutorRespuesta No: 384850
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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Agosto de 2015 18:48 2015-08-28 18:48 desde IP: 189.169.234.172
debes de obtener la sentencia del acta y apostillarla, y luego debes de traducirlo ante un perito oficlal y de ahi comparecer al registro civil y ahi te haran la anotacion correspondiente
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