Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 275063
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 384723

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La madre de la menor, asistida de un abogado especialista en Derecho Familiar, primero deberá demandar del padre la pérdida de la patria potestad por la falta de convivencias con la niña.

    Una vez que la sentencia que lo condene a perder la patria potestad cause ejecutoria, entonces usted podrá iniciar los trámites de la adopción plena.