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  • Consulta : 274334
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted debe cubrir una pensión alimenticia solamente para sus dos hijas, la que deberá corresponder a un 35% o 40% de los ingresos que obtenga, ya sea por salarios y prestaciones ordinarias y extraordinarias o cualquier actividad que realice.

    La mejor forma de hacerlo, tanto para que sus hijas cuenten con esos medios ecomnómicos como para que usted a su vez cuente con forma de demostrar que cumpla con la obligación alimentaria, es a través de consignaciones en un Juzgado, para lo cual requiere la asistencia de un abogado.