- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 274333
- Autor : LAMC_QRO
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 249
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 384485
-
Fecha de respuesta: Martes 18 de Agosto de 2015 18:06 2015-08-18 18:06 desde IP: 189.234.189.204
Le llamaron a juicio?
Hizo valer sus derechos como acreedor preferente?
Interpuso una tercería excluyente de preferencia?
Esos son datos que también se necesitan saber para poder darle una mejor asesoría.
También ayudaría el saber de que Estado de la República se comunica para poder tener una certeza mayor de las asesorías que le brindamos.
Se puede adjudicar el inmueble, siempre y cuando deje subsistente el gravamen de su hipoteca.
Si lo quiere cancelar, deberá de pagar el adeudo que tiene con usted para que consienta dicha cancelación.
Saludos.
-
Autor





