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Fecha de respuesta: Martes 18 de Agosto de 2015 14:09 2015-08-18 14:09 desde IP: 189.217.24.191
El beneficiario del pagaré debe demandar a la sucesión el pago del título de crédito. Los bienes de la masa hereditaria cubrirán las deudas del de cujus y el remanente si lo hay, se repartirá de conformidad al testamento.
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