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Fecha de respuesta: Martes 18 de Agosto de 2015 01:41 2015-08-18 01:41 desde IP: 201.141.78.71
hay que difenciar, usted se puede pensionar por la ley del 73 del imsss si decide por esta pension que es un derecho de los trabajadores al cotizar al menos 500 semanas y cumplir 65 años de edad cual sea el caso, solo usted es quin se benefia no existen beneficiarios porque aclaro es un beneficio para usted no es una cuenta individual a su nombre como son la afores , las ventajas es que el monto de pension es del 75 al 100 % de su salario y en las afores es del 30 al 60% es por esta razon que mucha gente que tiene la opcion de jubilarse por la ley 73 la toma pero en su caso le sigo comentando.
pero usted tambien puede pensionarse si asi lo desea por medio de una afore lo que se llama su cuenta individual para el retiro y esta es una cuenta donde se invierte su dinero que genera rendimiento para asi poder otorgrale una pension en pocas palabras este es su dinero y no una prestacion y en este orden de ideas si se establece un beneficiarios que es caso que fallesca pasa a ellos, PERO si eleige esta opcion como comente anteriormente su pension seria menor que la que le otorgaria la ley 73., osea es eleccion suya o cobra mas pension pero sin poder dejar benefiarios o cobra menos pero si poder pasar su dinero al o beneficiarios que elija.
espero le sirba mi comentario y saludos .
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