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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Julio de 2015 13:00 2015-07-24 13:00 desde IP: 189.234.174.32
puedes pedir finiquito... en caso de renuncia...
este es equivalente a ....
1.- Parte proporcional de vacaciones y prima vacacional y posibles adeudos existentes por este concepto en un año.
2.- Parte proporcional del aguinaldo y posibles adeudos existentes por este concepto en un año.
3.- Parte proporcional del reparto de utilidades (En caso de que hubieran utilidades, pagadera en el mes de mayo)
4.- Adeudos existentes por concepto de salarios devengados y no pagados.
5.- Adeudos existentes por concepto de horas extras.
6.- Adeudos existentes por concepto de días de descanso o descanso obligatorio laborados.
si lo pides y te lo niegan... solo por medio de una demanda y nunca en forma extrajudicial... podras resolver tu problema...
esa demanda es ante la junta local de concialiacion y arbitraje....
todas las proporcionales son del ultimo año y no cuenta en momento alguno la antiguedad y la indemnizacion constitucional...
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