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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Julio de 2015 11:38 2015-07-22 11:38 desde IP: 189.234.174.32
puedes iniciar juicio de peticion de herencia... si no han pasado diez años de la fecha en que hubo la ultima adjudicacion de bienes...
lo que se haya vendido... no es recuperable...
y los que recibieron... solo estan obligados a reconocer la fracción en efectivo que te hubiera correspondido en la fecha de la adjudicacion y no actualizada ...
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