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AutorRespuesta No: 383033
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Julio de 2015 17:53 2015-07-16 17:53 desde IP: 187.176.101.171
Seguramente usted está asistida por alguien que, o no es abogado, o aun siéndolo, no domina la materia familiar, por lo que necesita contratar a uno que conozca del derecho de familia.
Si el padre de sus hijos tiene un trabajo, el abogado debe solicitar al Juzgado que gire oficio al patrón ordenándole proceda a descontar del salario y prestaciones ordinarias y extraordinarias que devengue el demandado, el porcentaje que fijo por concepto de pensión alimenticia (supongo que es la provisional, dado que no señala si ya se celebraron las audiencias preliminar y de pruebas y alegatos y se dictó o no sentencia), e inclusive, si se dictó sentencia que fije la pensión definitiva, en ejecución de la misma puede proceder al embargo y remate de bienes del demandado.
Adicionalmente, usted tiene expedita la vía penal, dado que el incumplimiento del padre al pago de la pensión, constituye dos delitos (violencia familiar económica y patrimonial, e incumplimiento de obligaciones alimentarias), ambos sancionados con pena de prisiín, y si no cubre las pensiones atrasadas y garantiza las subsecuentes, no podrá ontener un beneficio de libertad anticipada.
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