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Fecha de respuesta: Martes 14 de Julio de 2015 19:53 2015-07-14 19:53 desde IP: 187.232.199.207
Buenas Noches.
Hay que acreditar en la contestación de dicha demanda que Usted carece de los medios económicos suficientes para dar cumplimiento a dicha medida, que tiene dos hijos mas que supongo son menores de edad y que en base al PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD para que el Juez pondere la necesidad del acreedor alimentario sobre las posibilidades del deudor alimentario.
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS Mexico DF Lic Gerson Gonzalez Cortes 42019327 49830259
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