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  • Consulta : 271250
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 382746

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mí estimado (a) consultante:

    Mire, no resulta del todo acertado el comentario anterior, toda vez que, si existe otra posibilidad para lograr su pensión, y es que se puede inscribir en la modalidad  44, la cual le costará aproximadamente unos siete mil y tantos pesos por el año que requiere, y tendrá atención medica durante ese lapso, y con esto por su edad de 65 años, se podrá pensionar despues del año transcurrido, y este año se lo van a considerar como semanas cotizadas.

    Si en la Subdelegación que le corresponde le niegan este servicio, (ya que le van a decir que solo tenía 45 días después de su baja de la empresa para poder acceder a esta modalidad), no se deje ya que es un derecho que Usted por ley tiene.

    Para contratar esta Modalidad es necesario llevar a la Subdelegación del IMSS, original y copia fotostática de la alta en el SAT (R1 y RFC), comprobante de domicilio, de identificación oficial (IFE o Pasaporte), CURP, Número de Seguridad Social, siete disquetes de 3.5, actas de matrimonio y nacimiento, de hijos y padres; es necesario llevar dos fotos tamaño infantil por cada asegurado; si los hijos son mayores de dieciséis y menores de veinticinco años y estudian, se debe de presentar identificación oficial, CURP y constancia de estudios del curso actual.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE