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  • Consulta : 270892
  • Autor : RUBIO ABOGADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 382583

  • RUBIO ABOGADOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lamento mucho que no le gusten ese tipo de tramites legales, pero mientras usted no ejerza la accion legal conducente como lo seria demandar el regimen de convivencia con el menor, pues desgraciadamente no podra verlo.

    Le sugiero se responsabilice de las obligaciones que tiene para con su menor hijo, obligacion tal como la de velar por sus derechos ,,,,,uno de ellos es el derecho a convivir con sus progenitores, no se confunda el derecho de convivir no es suyo, es de su hijo de el es el derecho de convivir, para su pleno desarroyo emocional etc.

    espero le haya servido mi respuesta.