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Fecha de respuesta: Domingo 05 de Julio de 2015 20:01 2015-07-05 20:01 desde IP: 187.146.87.108
1. No hay tal abandono de hogar. 2. La patria potestad? Es claro que el susodicho ni siquira ha visto a un abogado para que le explique Que lo que pudiera hacer es iniciar juicio de guarda y custodia. Que dificilmente ganaria pero igual si es posible que le otorguen un regimen de convivencia con sus hijas. 3. Asimismo usted puede demandar guarda y custodia de las menores y pension alimenticia relativa 4. Procede solo judicialmente ante juzgados civiles o familiares. 5. Y mas que afectarle seria mas benefico que la demandara asi se le fijaria una pension alimentia a favor de las menores en cuestion. Saludos cordiales.
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