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  • Consulta : 270751
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Debo aclararle que la Ley Federal del Trabajo no contempla en ninguna de sus disposiciones el derecho de los trabajadores para que dispongan un tiempo de tolerancia para inciar su jornada laboral.

    Si su horario de trabajo es para que empieza a prestar sus servicios a una hora determinada, el trabajador está obligado a iniciarla puntualmente; por tanto, el patrón está en todo su derecho a no permitir que el trabajador que llega tarde, preste sus servicios y contabilizar ese día como falta injustificada.

    Por otraparte, si como usted dice, firmó su renuncia, entonces NO fue despedido, no justificada ni injustificadamente; simplemente fue usted quien, a través de esa renuncia, decidió dar por terminada la relacón laboral, por tanto, el patrón notuvo ninguna responsabilidad en la decisión que usted tomó.