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  • Consulta : 270698
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 382506

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente no puede hacerlo, y de darse el caso estaría cometiendo el delito de despojo. En cuanto vuelva a ocurrir llama a una patrulla para que lo presenten ante el MP por el posible delito de ejercicio indebido del propio derecho. El arrendador tiene los medios de defensa para requerirle el pago y no por propia mano, además como espera que le pague si espanta a los clientes.