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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Junio de 2015 12:08 2015-06-29 12:08 desde IP: 200.52.79.138
buenas tardes
Bueno, en primer lugar, se tiene que reconocer al nacido, sino, tendrá que inciar un juicio de reconocimiento de paternidad.
Salvando lo anterior, se debe de iniciar un Juicio de Pensión Alimenticia, para su hijo y usted.
Lo que menciona de que se lo lleve todo el día, tenga cuidado, eso tiene que estar resuelto por un MANDATO JUDICIAL, lo cual se verá resuelto en la demanda de PENSION ALIMENTICIA que le comento, lo debe de hacer para que todo quede bajo una resolución de un Juez de lo Familiar, recuerde: papelito habla, precisamente para que no se haga lo que el señor dice.
Por supuesto que al cumplir con sus Obligaciones el padre, tiene su derecho de regimen de visitas, el cual quedará asentado en la mencionada resolución.
Saludos
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