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  • Consulta : 270002
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 382223

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia delo que manifiesta el forista que me antecede, si usted renuncia voluntariamente con una antigüedad de un año dos meses, solamente tiene derecho al pago de vacaciones y prima vacacional del primer año de servicios, en caso que no las haya disfrutado, y la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por los dos meses trabajados, y parte proporcional de aguinaldo 2015.