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  • Consulta : 269054
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El padre biológico deberá demandar a quien aparece como su padre en el Registro Civil en juicio contradictorio de la paternidad, ofreciendo al efecto la prueba pericial en materia genética; si con la misma se acredita que el padre biológico es él y no quien aparece en el acta de nacimiento, entonces el Juez, en la sentencia, girará oficio al Oficial del Registro Civil ordenándole haga las anotaciones marginales en el acta de nacimiento y levante la de reconocimiento de hijo.