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AutorRespuesta No: 381786
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Fecha de respuesta: Jueves 18 de Junio de 2015 08:18 2015-06-18 08:18 desde IP: 187.176.101.171
El padre biológico deberá demandar a quien aparece como su padre en el Registro Civil en juicio contradictorio de la paternidad, ofreciendo al efecto la prueba pericial en materia genética; si con la misma se acredita que el padre biológico es él y no quien aparece en el acta de nacimiento, entonces el Juez, en la sentencia, girará oficio al Oficial del Registro Civil ordenándole haga las anotaciones marginales en el acta de nacimiento y levante la de reconocimiento de hijo.
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