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  • Consulta : 268856
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 381646

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    eso te lo dice la junta...

    ellos son los que deben hacerte tu cuenta...

    no hay despido

    xq el articulo 47 fraccion X de la Ley Federal del TRabajo... señala que deben ser ....mas de tres faltas

    mas de tres son 4...

    mas de tres son 100...

    pero no tres...