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  • Consulta : 268716
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 381501

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Con el acta del primer matrimonio debe demandar ante el Juez de lo Familara la nulidad del segundo matrimonio, el cónyuge culpable no puede reclamar los bienes de la sociedad coonyugal.