Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 268678
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7305
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 381483

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El cónyuge inocente tiene derecho a recibir alimentos del cónyuge culpable, pero que no le sorprendan ya que la única forma de acreditar el adulterio para efectos del divorcio necesario es exhibiendo el acta de nacimiento de un hijo nacido fuera del matrimonio, ni las fotos, ni los llantos, ni los videos son prueba para acreditar un supuesto adulterio. Ahora que si tiene un hijo registrado fuera del matrimonio entonces sí preocúpese.