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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Junio de 2015 11:40 2015-06-12 11:40 desde IP: 187.176.101.171
El patrón es quien debe pagarle el salario que devenga (no con el que la tiene inscrita en el Seguro Social) como si estuviera laborando durante todo el período de incapacidades pre y post natal.
Si no lo hace, acuda INMEDIATAMENTE a la Procuraduría de Protección del Trabajo.
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