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AutorRespuesta No: 381387
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Junio de 2015 18:31 2015-06-10 18:31 desde IP: 187.189.240.211
Buenas tardes Efectivamente, como todavía no tiene legalmente reconocida la filiación, es decir el parentesco, debes primero entablar una demanda, a través de un juicio ordinario civil, llamado reconocimiento de paternidad donde la prueba mas importante es el ADN, prueba que puede ser a traves de la sangre, de un cabello , de la saliva, lo interesante para ti, y tranquilizante, es que en nuestro despacho ya ganamos,que empezando el juicio de ADN, se le condenara al , probable padre del menor, una pension Alimenticia provisional, todo va a depender , de el cumulo de pruebas que tengas para el escrito inicial de la demanda. DESPACHO ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS 42019327 Lic Valeria Ortiz Rubio Anzorena
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