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Fecha de respuesta: Martes 09 de Junio de 2015 08:47 2015-06-09 08:47 desde IP: 187.176.101.171
Su hija, no usted, pues ella es ya mayor de edad, es quien deberá demandar de su padre el pago de la pensión alimenticia, para lo cual deberá asistirse de un abogado especialista en Derecho Familiar.
La joven tiene derecho a recibir alimentos de su padre hasta que concluya sus estudios y adquiera un oficio o profesión acorde a sus cicunstancias personales, siempre y cuando los estudios que curse sean acordes a su edad.
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