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  • Consulta : 268161
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 381249

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola consultante, desde luego que es legal, usted es un DEUDOR SOLIDARIO, luego entonces puede el acreedor ejercer su derecho de cobro indistintamente ahora, en caso de que le demanden, le embarguen bienes o usted pague, usted a su vez, tendra el derecho de ejercer  la acción cambiaria contra el DEUDOR ORIGINAL, usted se vuelve ACREEDOR.  pero antes de ello, a usted le deben demandar mediante un juicio ORDINARIO MERCANTIL,  Saludos.