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  • Consulta : 267825
  • Autor : AsesorJuridico81
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  • AsesorJuridico81
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Los unicos derechos de los que goza son los desprendidos del arrendamiento; al no existir contrato físico, este se establecerá y se regulará conforme el código civil trata en su título referente al tema. Tome en cuenta que su posesión es derivada y no originaria; por lo tanto usted carece de todo derecho de propiedad del inmueble. 

    Si desea mayor información puede contactarme en el siguiente teléfono: 26164127 con el Lic. Víctor Zenteno; ó escribamos al correo juridico.zenteno.negreteoutlook