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AutorRespuesta No: 381097
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Junio de 2015 23:48 2015-06-03 23:48 desde IP: 189.217.13.14
Por favor corra de los coyotes que se reproducen en este foro de asesoría gratuita. Usted sólo necesita el acta de nacimiento de su hija en la que el padre la reconoción y el domicilio en que trabaja el padre o en su defecto en donde lo encuentre, acuda a los Juzgados Familiares de su localidad y solicite ante el Abogado de Oficio se demande la pensión alimentaria.
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