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  • Consulta : 267178
  • Autor : Ignacio Del Angel
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  • Autor
    Respuesta No: 380759

  • Ignacio Del Angel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, la Constitución protege su derecho y NADIE la puede sacar de su casa (aunque usted no sea la dueña ni la inquilina) si no es mediante una orden de un Juez, siempre y cuando se haya agotado un juicio en todas sus etapas. Su esposo estaría cometiendo el delito de despojo, además de la violencia, los maltratos y amenazas.

    La pensión mínima que se dictamina es del 15% para cada deudor alimentario, o sea mínimo $ 2,700 mensuales para su hijo y lo mismo para usted, si usted no tiene ingresos.