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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Mayo de 2015 08:59 2015-05-29 08:59 desde IP: 187.176.101.171
No, si usted tiene en su pode el pagaré, evidentemente no pueden demandarle su pago, ya que precisamente por estar en su posesión, queda acreditado que ya lo liquidí.
Por otra parte, si fue despedido injustificadamente, ANTES DE QUE TRANSCURRAN 2 MESES, deberá demandar a la empresa para que le sea pagada si indemnización constitucional, prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo 2015 y demás prestaciones a las que tenga derecho.
Asístase de abogado especialista en Derecho Laboral.
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