Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 267125
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6728
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 380706

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, si usted tiene en su pode el pagaré, evidentemente no pueden demandarle su pago, ya que precisamente por estar en su posesión, queda acreditado que ya lo liquidí.

    Por otra parte, si fue despedido injustificadamente, ANTES DE QUE TRANSCURRAN 2 MESES, deberá demandar a la empresa para que le sea pagada si indemnización constitucional, prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo 2015 y demás prestaciones a las que tenga derecho.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Laboral.