Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 266860
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 380647

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sólo si acredita haber vivido en concubinato los últimos cino años antes de la muerte del concubino. Pero además, prácticamente todos los notarios redactan en los terstamentos cláusulas preventivas en las que establecen que en caso de muerte anticipada del tal o cual heredero, su parte incrementa al o a los que le sobrevivan.