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  • Consulta : 266815
  • Autor : Barristerdefende
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  • Autor
    Respuesta No: 380458

  • Barristerdefende
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Recuerda que el aumento en renta no debe rebasar el 10% anual.  Pon un medidor para el negocio especifico. Del que tu seas la responsable del pago. Espera a que te demanden por que si quieren quedarse con el negocio asi lo haran, Recuerda tambien que debieron ofrecerte el derecho del tanto, por la venta del inmueble,  ve buscando un lugar nuevo y cercano donde rentar. 

     

    Asesoria persinalizada a whatsapp 5562586643 Lic, Ivan Hernadnez