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AutorRespuesta No: 380402
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Mayo de 2015 18:37 2015-05-25 18:37 desde IP: 187.176.101.171
Las pruebas que se admiten en el juicio de amparo, exclusivamente son para demostrar la inconstitucionalidad de los actos reclamados a la autoridad responsable, no para que desvirtúe las que obran en la averiguación previa.
Lo anterior, porque el Juez de Control Constitucional, solamente pueden estudiar y analizar el acto reclamado a la luz de las pruebas rendidas antes de que se emitiera, es decir, como aparezca probado.
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