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  • Consulta : 266749
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 380402

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Las pruebas que se admiten en el juicio de amparo, exclusivamente son para demostrar la inconstitucionalidad de los actos reclamados a la autoridad responsable, no para que desvirtúe las que obran en la averiguación previa.

    Lo anterior, porque el Juez de Control Constitucional, solamente pueden estudiar y analizar el acto reclamado a la luz de las pruebas rendidas antes de que se emitiera, es decir, como aparezca probado.