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  • Consulta : 266598
  • Autor : IamDemise
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  • Autor
    Respuesta No: 380311

  • IamDemise
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Saludos, el articulo 123 de nuestra Constitucion Politica nos dice en su articulo 123, fraccion VIII

    VIII. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento.

    Lo anterior, se refiere al salario minimo, que dependiendo de la zona geografica en la que uste viva, es mas o meno de 60-70 pesos al dia, en consecuencia, si usted gana 250 pesos al dia, le resta 60-70 pesos y de lo que quede, son embargables hasta el 30% ya que la SCJN lo resolvio asi.

    Puede leer este articulo, es muy completo al respecto:

    "//almomento/duro-golpe-de-la-scjn-a-trabajadores-se-podran-embargar-salarios/">//almomento/duro-golpe-de-la-scjn-a-trabajadores-se-podran-embargar-salarios/ 

    En resumen, no, no hay nada que pueda hacer y menos por dificultades economicas.