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  • Consulta : 265779
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 379743

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, debe ser en forma inmediata, pues el derecho a recibirlo se genera en el momento mismo en que se renuncia.

    Que su esposo acuda INMEDIATAMENTE a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.