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  • Consulta : 265708
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 379697

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si al reverso del pagaré o en hoja adherida a él, no consta un endoso, ya sea en propiedad o en producración de cobro en favor de la persona que pretende cobrarlo, entonces no debe pagársele a él, sino directamente a la editorial, ya que es la empresa la que resulta ser la tenedora legal del documento.