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AutorRespuesta No: 379697
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Mayo de 2015 17:03 2015-05-14 17:03 desde IP: 187.176.101.171
Si al reverso del pagaré o en hoja adherida a él, no consta un endoso, ya sea en propiedad o en producración de cobro en favor de la persona que pretende cobrarlo, entonces no debe pagársele a él, sino directamente a la editorial, ya que es la empresa la que resulta ser la tenedora legal del documento.
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