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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Mayo de 2015 18:28 2015-05-13 18:28 desde IP: 189.217.3.14
Sólo debe acudir al Juez de lo Familiar, con el acta de nacimiento del menor y el domicilio en que trabaja el padre, para que se ordene una pensión alimentaria provisional y definitiva en su momento. Si el padre no trabaja o no tiene un empleo formal, entonces acuda al MP para querellarse por el incumplimiento de obligaciones almentarias y verá que en el reclusorio si paga los alimentos.
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