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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 17:17 2015-05-11 17:17 desde IP: 201.170.128.43
Saludos:
Las contribuciones se causan cuando se realiza la situacion juridica o de hecho que contemplan las leyes fiscales,
ahora bien para pagar las contribuciones de seguridad social (al IMSS) Se debe de Realizar la accion de contratar trabajadores (en palabras no tecnica) si tu no has contratado trabajadores aun no estas realizando la accion que contempla la norma juridica,
tienes dos opciones
1.- no Inscribirte al IMSS, como tu mencionas hasta dentro de un año no pasa nada,
2.- te puedes dar de alta ante el IMSS, de cualquier manera no pagarias porque mensualmente porque no
tienes trabajadores dados de alta ante el IMSS
COMENTARIAO: El termino empleador es utilizado en la LISR para referirse al patron, en la Ley de IMSS la palabra correcta es patron
Te di la asesoria gratis, esto lo aprendi despues de ser auxiliar 3 años ja
Att.
Julio Morales
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