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  • Consulta : 265279
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, dado que la estará despidiendo injustificadamente, debe pagarle la liquidación que le corresponde conforme a la Ley Federal del Trabajo, son las siguientes:

    3 meses de salario (90 dias), por concepto de indemnización constitucional,  prestación que de acuerdo a lo que usted señala, debe calcularse con un salario diario de $ 300.00, dado que ese es el que le paga por cada jornada de trabajo, además, envirtud de que no hace señalamiento alguno en ese sentido, si le proporciona un alimentos, esos $ 300.00 debe incrementarlos en un 25%, dado que el alimento se considera una prestación en especie, que forma parte del salario. $ 27,000.00 ($ 33,750.00 con un alimento)

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional por concepto de prima de antigüedad, en el caso particular, le corresponden 4 días, prestación que se paga, no con el salario real de $ 300.00, sino con el doble del salario mínimo general vigente en área geográfica "A" a que pertenece Monerrey ($ 140.20): $ 560.80

    Vacaciones proporcionales: 1.25 días de salario $ 1,500.00 ($ 1,875.00 con un alimento)

    Prima vacacional: 0.3 días de salario $ 375.00 ($ 469.00 con un alimento)

    Aguinaldo 2015: 6 días de salario $ 1,800.00 ($ 2,250.00 con un alimento).