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  • Consulta : 265134
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La pensión se paga de los ingresos que obtenga el deudor alimentario, sin importar si son producto de una beca, un salario, o cualquier otra causa, y no, no hay ningún período de gracia; la obligación cesará hasta que su hijo haya concluido sus estudios profesionales (aproximadamente a los 25 años de edad).

    Además, si no cumple con elpago de la pensión, debo decirle que también estará cometiendo el delito de incumpliiento o abandono de las obligaciones alimentarias, que se sanciona con pena de prisiín, y ni siquiera por el hecho de estar privado de la libertad, deja de tener la obligación de pagarla.