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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 13:59 2015-05-08 13:59 desde IP: 187.176.101.171
La "carta de desalojo" que usted pretende, no surte ningún efecto legal, ni produce ninguna consecuencia jurídica en perjuicio del arrendatario.
Si su inquilino se encuentra en alguna de las hipótesis previsas en el Código Civil (falta de pago de rentas, vencimiento de contrato, etcétera), es necesario que, asistido de un abogado, demande al arrendatario en el juicio oral de arrendamiento; de otra forma, dicho inquilino hará caso omiso de su carta, y usted estará exactamente igual que antes que se la entregara.
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