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  • Consulta : 265084
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 379250

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Solamente le corresponde un finiquito, que comprende el pago de las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, así como la prima de antigüedad, consistente en 12 días por cada año de servicios prestados o parte proporcional, prestación que se paga, no con su salario real, sino con el equivalente a 2  veces el salario mínimo general del área geográfica en que prestó sus servicios.