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Fecha de respuesta: Martes 05 de Mayo de 2015 21:04 2015-05-05 21:04 desde IP: 189.217.1.14
Deben acudir ante el Juez de lo Familiar del territorio en que tienen establecido su domicilio conyugal, a efecto de solicitar la modificación del régimen matrimonial, para lo cual deberán liquidar la actual sociedad conyugal, y una vez aprobada la liquidación el Juez admitirá el cambio de régimen para que se reconozca como separación de bienes. Ustedes seguirán casados pero por separación de bienes. Necesitan de abogado especialista en la materia pero mucho cuidado con los coyotes incluso los de este foro de asesoría gratuita que publican datos de contacto ya que corre peligro.
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