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  • Consulta : 264861
  • Autor : Lic.Marco Cuevas
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  • Autor
    Respuesta No: 379111

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Pues, es que, como siempre, todo lo hicieron mal...  Lo que se debió de haber efectuado en primera instancia, es denunciar la sucesión del sr. padre de su esposa... se hubiera iniciado un proceso, se hubiera efectuado el listado de las propiedades del fallecido que conformarian la "masa hereditaria" y se hubieran presentado quienes se creyeran con derecho a la herencia...  se habría buscado o solicitado el testamento etc etc etc...

    Eso de manera inmediata al fallecimiento del de cujus, y no le habría dado tiempo a la sobrina de realizar un contrato de compraventa privado apócrifo o "chueco", ni le hubiera dado tiempo de presentarlo ante notario para darle fé pública y de ese modo estar en condiciones de escriturar la propiedad....

     

    Ahora bien, con todo hecho.. denunciar la sucesión del señor y cuando salga que la propiedad del predio que uds pelean ya pasó o está pasando a manos de la sobrina, denunciar el ilícito de fraude, solicitar periciales de grafología etcetcetc, pero esto ATACANDO al contrato de compra venta y NO a lo que haya efectuado el notario en base a dicho contrato...  Esto porque el notario, como lo mencioné, tiene fé pública, entonces lo que el haga tendrá siempre validez y no puede ser combatido, por lo que se busca combatir el o los documentos en los que se BASÓ el notario... bueno, no quiero explayarme sino tiene caso....

    Contraten a un abogado, es lo que necesitan.

    Saludos.