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  • Consulta : 264859
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 379120

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted debe demandar ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Guanajuato, no se le ocurra demandar ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa si no quiere pasar una verguenza. Menciona que el inmueble lo utilizan como bodega pero no aclara si en realidad lo es, ya que si se trata de una casa habitación, el corte total del servicio de agua potable está prohibido ya que el agua potable se reconoce como un Derecho Humano. Usted deberá acreditar el interés jurídico demostrando su calidad de dueño del inmueble y combatir principalmente el cobro en el sentido de que el obligado es una tercera persona que es quién realizo el contrato y no tanto la prescripción, además debe solicitar la suspensión provisional a efecto de que le reinstalen el servicio a cuando menos el consumo mínimo que señala la Secretaría de Salud. Necesita de abogado especialista en la materia pero corra de los coyotes de este foro que se la pasan publicando datos de contacto ya que corre peligro.