- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 264698
- Autor : SARIASBAR
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 2
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 379071
-
Fecha de respuesta: Martes 05 de Mayo de 2015 01:24 2015-05-05 01:24 desde IP: 201.153.195.96
Les advierto que es necesaria una resolución judicial que autorice una adopción, a fin de que con la comparecencia del adoptante se levante el acta correspondiente, la adopción no es un contrato entre particulares!!, me pongo a sus ordenes para asesorar a ambas partes mi correo es "simon.ariasariasbarraganyasociados">simon.ariasariasbarraganyasociados, número de celular : 0445538882838
-
Autor





