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  • Consulta : 264580
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378943

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si el padre biológico de su hija, tiene verdadero interés en reconocer su paternidad, usted no podrá impedirlo, pues lo queél tiene que hacer, es demandarle a usted y a quien, suplantando un estado civil que no le correspóndía, se hizo pasar como el padre biológico de la niña.

    En dicho juicio, el padre podrá ofrecer la prueba pericial en genética, y si de su resultado se demuestra que él es el padre, entonces el Juez, en la sentencia, girará oficio al Oficial del Registro Civil emn que se levantaron las actas de nacimiento y la de reconocimiento falsa, para que se hagan las anotaciones del nombre del verdadero padre biológico, y se haya constar que a partir de ese momento, la niña debe llevar sus apellidos, e igualmente para que se levante el acta de reconocimiento de la menor.

    Adicionalmente debo decirle que, tanto usted como quien se ostentó como padre biológico sin serlo, al acudir a levantar el acta de reconocimiento de una niña que no es hija de él, incurrieron en un delito contra la filiación y el estado civil de las personas, el que se sanciona con pena de prisión.