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AutorRespuesta No: 378943
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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Mayo de 2015 20:02 2015-05-02 20:02 desde IP: 187.176.101.171
Si el padre biológico de su hija, tiene verdadero interés en reconocer su paternidad, usted no podrá impedirlo, pues lo queél tiene que hacer, es demandarle a usted y a quien, suplantando un estado civil que no le correspóndía, se hizo pasar como el padre biológico de la niña.
En dicho juicio, el padre podrá ofrecer la prueba pericial en genética, y si de su resultado se demuestra que él es el padre, entonces el Juez, en la sentencia, girará oficio al Oficial del Registro Civil emn que se levantaron las actas de nacimiento y la de reconocimiento falsa, para que se hagan las anotaciones del nombre del verdadero padre biológico, y se haya constar que a partir de ese momento, la niña debe llevar sus apellidos, e igualmente para que se levante el acta de reconocimiento de la menor.
Adicionalmente debo decirle que, tanto usted como quien se ostentó como padre biológico sin serlo, al acudir a levantar el acta de reconocimiento de una niña que no es hija de él, incurrieron en un delito contra la filiación y el estado civil de las personas, el que se sanciona con pena de prisión.
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