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  • Consulta : 264577
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted vive con el padre de su hija y con ésta, y él se encarga de solventar todos los gastos de comida, habitación, vestido, salud y esparcimiento, entonces no debe pagar ninguna pensión, ya que al proporcionarle los alimentos directamente, está cumpliendo con su obligación.

    Pero si viven separados o habitando la misma vivienda, si él no paga la comida, el vestido,la habiración, la salud y el esparcimiento, aunque vivan juntos, USTED TIENE EL DEREHO de reclamar el pago de la pensión alimenticia para usted y su hija.

    Una cosa es tener la custodia d eun hijo, y otra muy distinta es cumplir con la obligación de dar alimentos.